La Cámara Penal ratificó la culpabilidad de Emanuel Rojas por el asesinato de Oscar Gutiérrez, ocurrido en septiembre de 2024. Los jueces rechazaron los planteos de nulidad de la defensa, pero consideraron que correspondía disminuir la condena de 15 años de prisión.
La Cámara en lo Penal confirmó la responsabilidad de Emanuel Rojas por el homicidio simple de Oscar Gutiérrez, ocurrido en Corcovado, y resolvió reducir de 15 a 12 años la pena de prisión efectiva. La decisión ratificó el veredicto del jurado popular, aunque modificó el monto de la condena impuesta en abril de 2026.
El hecho ocurrió el 3 de septiembre de 2024 en una vivienda del barrio Abrojal, donde varias personas compartían una reunión con música y consumo de bebidas alcohólicas y marihuana. Cerca de las 22, una discusión entre Rojas y Gutiérrez derivó en una pelea a golpes.
Durante el enfrentamiento, Rojas sacó un cuchillo y apuñaló a Gutiérrez en varias oportunidades. Las heridas provocaron una hemorragia masiva y la muerte de la víctima minutos después. Según la resolución de la Cámara, las pruebas permitieron establecer que Rojas inició la agresión cuando Gutiérrez estaba desarmado.
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La defensa pública había solicitado la anulación del juicio o una reducción sustancial de la pena. Entre sus argumentos cuestionó la intervención de la querella, la actuación del abogado que había representado anteriormente al acusado y la decisión del jurado, además de plantear objeciones vinculadas con los plazos para apelar.
Los magistrados rechazaron esos cuestionamientos y sostuvieron que no se acreditaron motivos para invalidar el proceso. También descartaron que las pruebas respaldaran una hipótesis de legítima defensa. En cambio, admitieron parcialmente el planteo defensivo al revisar la determinación de la pena.
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Para reducir la condena, la Cámara tuvo en cuenta que Rojas había consumido alcohol durante varias horas antes del ataque, aunque aclaró que ese consumo no justificaba el crimen ni lo volvía inimputable. Los jueces consideraron que pudo afectar sus frenos inhibitorios y evaluaron también su edad —22 años al momento del hecho—, que colaboró en el traslado de la víctima y las penas aplicadas en casos similares de la región.
Con esos fundamentos, el tribunal consideró desproporcionada la condena original de 15 años y fijó una pena de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo. La resolución será enviada en consulta al Superior Tribunal de Justicia.
Con información del Ministerio Público Fiscal.


