La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló una sentencia que rechazó el reajuste de los haberes de una docente jubilada porque no cumplía con el requisito de los 25 años de servicio, informaron este martes fuentes judiciales.
La decisión fue adoptada por unanimidad en la demanda de N.H.A.T. contra la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) para que se le reconociera el derecho al régimen especial que establece la Ley 24.016.
Al oponerse al reclamo, la Cámara Federal de la Seguridad Social consideró que si bien la docente cumplía con la edad y cantidad de años de trabajo al frente de alumnos, solo había acreditado 24 años y tres meses de tareas en una escuela de danzas con sede en el centro de esta capital.
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La Corte afirmó que «la propia ANSeS, al abonar a la actora el suplemento docente del decreto 137/2005, le reconoció el derecho a que su haber se reajustara de acuerdo a las pautas de la ley 24.016».
Agregó que ese decreto «fue creado precisamente para lograr la aplicación de ese estatuto especial a partir del mes de mayo del año en que se dictó, tal como resulta de sus disposiciones y de la norma que lo reglamenta».
Según el máximo tribunal «la decisión de la Cámara debía circunscribirse a determinar si el haber jubilatorio (de la docente) lograba alcanzar, con el pago del suplemento ‘Régimen Especial para Docentes’ abonado mensualmente por el organismo previsional, el porcentaje establecido en el art. 4° de la ley 24.016″.
Como la Cámara no lo hizo, «corresponde la descalificación de la sentencia como acto jurisdiccional en los términos de la doctrina de esta Corte sobre arbitrariedad» dijo el fallo que, firmado por el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, y los ministros Carlos Rosenkrantz, Ricardo Loerenzetti y Juan Carlos Maqueda, ordenó «que se dicte un nuevo pronunciamiento».
Fuente: Télam.