La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó este viernes una medida cautelar interina que suspendió la derogación de la Ley de Tierras y restableció las restricciones a la venta de campos a extranjeros. La decisión se conoció luego de la controversia generada por fallos anteriores vinculados con el régimen establecido por la Ley 26.737.
La resolución fue firmada por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El magistrado Carlos Rosenkrantz votó en disidencia, por lo que no hubo unanimidad en el máximo tribunal.
El expediente se originó en una presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre ellos las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon. La causa está vinculada con el amparo colectivo impulsado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata.
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Los demandantes habían solicitado una aclaración para determinar si una resolución anterior de la Corte tenía efectos sobre su propio expediente, que había sido tramitado como conexo al del CECIM. A partir de ese planteo, el tribunal avanzó con el análisis de la medida cautelar interina.
En los días previos, la Corte aceleró los procedimientos para integrar el tribunal con conjueces. Barroetaveña, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, y Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza, fueron sorteados para intervenir en el caso. Además, el plazo para presentar impugnaciones a esa integración se redujo de 72 a 24 horas.
Con esta decisión, las restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros vuelven a aplicarse de manera cautelar, mientras continúa el trámite judicial. La medida se relaciona con la derogación dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, impulsado por el Gobierno nacional.
Fuente: TN.


