La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo extendió de manera excepcional los mandatos vigentes para evitar la acefalía del sindicato mientras se resuelven las impugnaciones al proceso electoral.
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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala III, resolvió prorrogar por 45 días los mandatos de las actuales autoridades del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), con el objetivo de garantizar la continuidad institucional del gremio y evitar una situación de acefalía que podría afectar su funcionamiento y los derechos de sus afiliados.
La medida fue adoptada en el marco de la causa “San Miguel Cristian y otro c/ Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) y otro s/ Ley de Asociaciones Sindicales”, en la que se analizan distintos planteos judiciales presentados por sectores opositores que cuestionaron el proceso electoral y solicitaron la nulidad de las autoridades sindicales en ejercicio.
En su resolución, los magistrados destacaron la necesidad de preservar la democracia sindical, la autonomía gremial y el derecho de defensa. En ese contexto, consideraron que, ante un conflicto judicial aún en trámite, resulta razonable sostener de manera transitoria los mandatos vigentes para evitar perjuicios mayores tanto para la organización sindical como para el conjunto de los trabajadores marítimos.
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El Tribunal remarcó que una eventual acefalía del SOMU podría generar graves consecuencias en la representación de los afiliados y en el normal desarrollo de la actividad sindical, por lo que la prórroga se dispuso como una medida excepcional y de carácter estrictamente temporal.
Asimismo, la Cámara ordenó continuar con el tratamiento de las actuaciones pendientes ante la Junta Electoral del sindicato y avanzar en el análisis de las denuncias formuladas, dejando en claro que la Justicia no avala maniobras dilatorias ni campañas de desinformación orientadas a debilitar la representación sindical.
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La extensión de los mandatos fue establecida por un plazo máximo de 45 días corridos, sin posibilidad de prórroga automática y bajo apercibimiento de sanciones económicas en caso de incumplimiento, lo que refuerza el carácter transitorio de la decisión.
La resolución lleva las firmas de los jueces de Cámara Mario S. Fera, Diana R. Cañal y Alejandro H. Perugini, y ya fue notificada oficialmente a las partes. El fallo garantiza la continuidad institucional del SOMU mientras se resuelve el conflicto judicial de fondo y se protegen los derechos laborales de los trabajadores marítimos.



