El juez penal de Esquel, Carlos Richeri, rechazó el pedido de nulidad presentado por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de Chubut (AMFJCH) contra la investigación que desestimó una denuncia penal contra ministros del Superior Tribunal de Justicia por incrementos salariales aprobados y posteriormente revocados.
El planteo había sido impulsado por los abogados José Raúl Heredia y Alfredo Pérez Galimberti, quienes cuestionaron la actuación del Procurador General y del equipo de fiscales que intervino en el caso: Lucas Papini, de la Unidad Anticorrupción, junto a Lucas Koltsch e Ivana Berazategui. Los letrados argumentaron una supuesta falta de imparcialidad y objetividad, lo que, a su entender, invalidaba el procedimiento.
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La causa había sido analizada previamente por las juezas Ana Karina Breckle, María Laura Martini y Eve Anahí Ponce, quienes se apartaron. Por sorteo, el expediente fue asignado a Richeri, quien resolvió en una sentencia de casi veinte páginas que no existían razones válidas para anular el proceso.
En su resolución, Richeri explicó que el sistema judicial no exige un acusador imparcial, sino un acusador objetivo, una defensa activa y un juez imparcial. Señaló que aceptar el planteo de los abogados implicaría una “parálisis absurda”, ya que cualquier denuncia que involucrara al Procurador o al Poder Judicial impediría su funcionamiento básico.
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El juez también evaluó la conducta de los abogados. Consideró que su accionar procesal se apartó de los principios de «buena fe y lealtad» establecidos por el Código Procesal Penal, al intentar invalidar tanto la actuación del Procurador como la de los fiscales designados.
Richeri concluyó rechazando “en todos sus términos” el planteo de nulidad de la Asociación de Magistrados, y remarcó que el sistema está diseñado precisamente para separar la función de gobierno de la de investigación dentro del Poder Judicial.


