Este miércoles, el Ministerio Público Fiscal (MPF) emitió un comunicado en el que se refirió a la actuación del fiscal Fernando Rivarola en el causa conocida públicamente como la “Manada de Chubut”, en la que se investiga un abuso sexual cometido contra una menor en 2012.
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En este sentido, desde la Ministerio Púbico se refirieron al término mencionado por el Fiscal en una audiencia reciente (“accionar doloso de desahogo sexual”) y se sostuvo que a la misma “se le cambió el sentido de los términos –y se- sacó de contexto, sobreexponiendo a la víctima y poniendo en riesgo aspectos cruciales del proceso penal”.
El MPF sostuvo que “asiste a la víctima desde el comienzo de la investigación –y que- tanto ella como su familia reciben información detallada del proceso, participan de las decisiones procesales, reciben protección y asistencia”.
“Toda decisión asumida por la Fiscalía ha sido consensuada con ella”, sostuvo el Ministerio Público sobre el Juicio Abreviado acordado entre las partes.
También se señala que “algunos los agresores son menores de edad imputables –con lo qué- si el Ministerio Público demuestra su responsabilidad penal en este hecho, serían declarados penalmente responsables y se le impondrá la sanción que la ley prevé”.

En lo que respecta al término que fue “sacado de contexto”, la Fiscalía explicó: “El abuso sexual es justamente un conducta que busca el desahogo sexual del autor sabiendo que lo hace sin el consentimiento de la víctima, que va a cometer una ataque sexual, que se trata de un delito, y consciente de ellos avanza sin consideración del daño que va a provocar en esta”.
“Eso es dolo. Por eso, en el contexto de una exposición, el uso de la frase ‘desahogo sexual doloso’, resume lo que escribimos, fundamentalmente si se hubiera utilizado en el contexto de audiencias o escritos reservados a los que solo debieran acceder profesionales del derecho que conocen el alcance el término dolo”, apuntaron.
Finalmente, se indicó que cuando finalice el proceso penal, el fiscal Rivarola realizará declaraciones públicas sobre el mismo, sosteniendo “la reserva que merecen casos como el presente, con alta vulnerabilidad de la víctima”.
EL COMUNICADO COMPLETO DE LA FISCALÍA:
Recientemente trascendió una frase atribuida el fiscal Fernando Rivarola, cambiando el sentido de los términos, sacados de contexto, sobreexponiendo a la víctima y poniendo en riesgo aspectos cruciales del proceso penal.
El Ministerio Público Fiscal asiste a la víctima a través del SAVD, desde el comienzo de la investigación. Se trata de una joven, menor de edad, amparada por el derecho a la intimidad, al resguardo de su identidad y a la reserva de todas las actuaciones judiciales. En paralelo, tanto ella como su familia reciben detallada información del proceso, participan de las decisiones procesales, reciben protección y asistencia victimológica. Toda decisión asumida por la Fiscalía ha sido consensuada con ella.
En la investigación en cuestión además de la víctima, también algunos los agresores son menores de edad imputables. Esto quiere decir que en caso que el Ministerio Público Fiscal demuestre su responsabilidad penal en este hecho, serían declarados penalmente responsables y se le impondrá la sanción que la ley prevé para los menores que delinquen. La ley establece que no puede darse a conocimiento público su identidad.
«Desahogo sexual doloso»
En palabras simples, el abuso sexual es justamente un conducta que busca el desahogo sexual del autor sabiendo que lo hace sin el consentimiento de la víctima, que va a cometer una ataque sexual, que se trata de un delito, y consciente de ellos avanza sin consideración del daño que va a provocar en esta. Eso es dolo. Por eso, en el contexto de una exposición, el uso de la frase «desahogo sexual doloso», resume lo que escribimos en varios renglones al comienzo de este párrafo, fundamentalmente si se hubiera utilizado en el contexto de audiencias o escritos reservados a los que solo debieran acceder profesionales del derecho que conocen el alcance el término dolo. En las audiencias orales y públicas, la Fiscalía en particular y los operadores del sistema penal en general, procuran en sus planteos y resoluciones, aclarar los términos legales para que se comprendan por quienes no son abogados.
Contacto con la prensa
Por la reserva que merecen casos como el presente, con alta vulnerabilidad de la víctima, la Fiscalía no puede realizar declaraciones públicas por el momento. El Fiscal Fernando Rivarola se comprometió a recibir a la prensa una vez finalizado el proceso penal.


