La decisión, tomada por el Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores 1, a cargo de la jueza Jésica Díaz Marano, recayó sobre Andrés Regino Bustamante (72), alias «Los Chatos», y Julieta Jimena Córdoba (24).
MIRÁ TAMBIÉN | Tenía 2,72 g/l de alcohol en sangre y chocó contra un cesto de basura
La abogada querellante Marcela López, representante del padre y abuelo de la víctima destacó a Télam la resolución de la magistrada en la que expuso «los golpes que recibió la niña y las fracturas que tenía en la cabeza, teniendo en cuenta que eso se pudo probar con lo que quedó del cuerpito».
«Únicamente quedó intacto un muslo de la pierna derecha, el resto quedó todo carbonizado. Cuando la quemaron estaba viva porque la tráquea estaba con hollín», indicó la letrada.
El hecho ocurrió el sábado 13 de noviembre de 2021 cuando la imputada y su hija, llamada Zoe Natasha Córdoba, regresaron a su casa, situada en la calle Pública sin numeración del barrio San Andrés, en la zona sur de La Rioja.
MIRÁ TAMBIÉN | Los atraparon llevando tapas de alcantarillas y fueron detenidos, uno tenía pedido de captura
Ante esa situación, Díaz Marano decidió no llamar a emergencias médicas sino mantenerse encerrada en su departamento y buscar ayuda telefónica a Bustamante, con el que mantenía una relación sentimental.
El hombre concurrió a la vivienda y luego los dos decidieron y planearon la muerte de Zoe.
Según las fuentes, ambos la sacaron al patio interno y la golpearon en su cabeza, por lo que comenzó a sangrar.
MIRÁ TAMBIÉN | Gendarmes rescataron a una andinista que se descompensó en un volcán
Finalmente, mientras la nena estaba recostada en el piso prepararon la moto de 110 cilindradas, que era propiedad del acusado, y llevaron a la niña hacia donde estaba el vehículo.
Tras colocarla por debajo del ciclomotor, entre las 4 y 5.30 horas aproximadamente de la madrugada del domingo, los acusados rociaron con nafta y prendieron fuego el rodado que se encontraba sobre Zoe ocasionándole así su muerte.
Según el resultado de la autopsia realizada en el Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial riojano sobre los restos carbonizados, la muerte se produjo por «asfixia por aspiración de humo y por quemaduras extremas».
MIRÁ TAMBIÉN | Secuestran 640 kilos de marihuana en la costa del río Paraná
«De acuerdo a la hipótesis planteada y a todos los indicios encontrados en el lugar, se llega a la conclusión de que se trató de un incendio intencional y controlado, descartando una muerte accidental, asimismo se presupone la participación de otra/s personas en la consumación del hecho», determinaron en su informe.
Para la jueza Díaz Marano, «surge a las claras que los coimputados a los fines de terminar con la vida de Zoe, quien estaba herida a causa del accionar de su progenitora, se valieron de la nocturnidad, del encerramiento del inmueble, que impidió que alguien pueda descubrir la macabra escena que habían instaurado a los fines de aniquilar la vida de una pequeña niña».