El Gobierno nacional implementó cambios normativos en el transporte automotor de pasajeros que buscan simplificar trámites y ampliar la flexibilidad operativa. La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial mediante la Resolución 73/2025 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
Entre las principales modificaciones, se eliminan exigencias societarias previas para quienes quieran registrarse como transportistas, permitiendo que personas humanas con al menos el 50% de titularidad o leasing de un vehículo puedan inscribirse. Además, quienes posean más de cinco vehículos podrán registrarse como personas jurídicas. También se simplificaron los acuerdos de coordinación de personal entre empresas, que ya no requerirán homologación externa.
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La normativa amplía el parque móvil permitido, incorporando vehículos de categorías N1, N2 y N3 (4×4 y 6×4) aptos para servicios en zonas de ripio, montaña o caminos agrestes, sumándose a los M1, M2 y M3 ya existentes. Se autoriza además el uso de motorizaciones diésel, GNC, GLP, híbridas o eléctricas, siempre respetando los estándares de seguridad vigentes.
Para los servicios de Oferta Libre, los requisitos declarativos fueron reducidos, facilitando la prestación de servicios eventuales o a demanda con menor carga administrativa. Asimismo, los transportistas inscriptos podrán realizar servicios internacionales ocasionales en circuitos cerrados bajo el marco del Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT) y convenios entre países signatarios.
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Desde el Ejecutivo destacaron que estas modificaciones refuerzan la flexibilidad, desregulación y modernización del sector, fomentando la entrada de nuevos operadores, la adaptación tecnológica del parque móvil y el fortalecimiento de la conectividad regional e internacional.
Fuente: Noticias Argentinas.


