domingo 20 septiembre 2026

Vence el plazo para solicitar la devolución del Impuesto PAIS

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Actualizado: 12:55 20/09 | downtack.com

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que vence el plazo para que los importadores que realizaron pagos a cuenta del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (Impuesto PAIS) puedan solicitar su devolución mediante un crédito fiscal. El procedimiento, establecido por la Resolución General N° 5720/2025, permite que los saldos a favor sean utilizados exclusivamente para cancelar derechos de importación.

El trámite está dirigido a importaciones que generaron pagos en exceso debido a variaciones de alícuotas o a la diferencia de fechas entre el despacho de importación y el pago a proveedores a través del Mercado Único y Libre de Cambios (MULC). También alcanza a importaciones temporarias, ubicadas en Zonas Francas o con acuerdos de precios, así como a aquellas beneficiadas por reducciones establecidas en decretos recientes.

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Para acceder al beneficio, los importadores deben registrarse en el servicio web de ARCA denominado “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS”. El plazo de solicitud se extendió desde el 8 de julio hasta el 22 de agosto de 2025. Quienes opten por este procedimiento renuncian a cualquier otra vía administrativa o judicial y deberán desistir formalmente de trámites en curso.

Una vez validada la información, el crédito se generará automáticamente en el Sistema Informático MALVINA (SIM). Los montos se acreditarán en cuotas mensuales, que varían según el saldo: hasta $4 millones se pagará en una sola cuota; entre $4 y $10 millones en seis cuotas; entre $10 y $100 millones en 12 cuotas; y más de $100 millones en 24 cuotas. La primera cuota estará disponible a partir del 8 de septiembre de 2025.

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Si bien la normativa constituye un avance para liberar fondos inmovilizados, las críticas apuntan a la imposición de renunciar a la vía judicial y a que los pagos en cuotas, sin actualización, reducen el valor real de los saldos a favor. Además, el crédito solo puede aplicarse a derechos de importación, limitando su utilidad para otras obligaciones tributarias y el alivio financiero inmediato de las empresas.

Fuente: Diario Rio Negro.

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