martes 16 junio 2026

Seros cubrirá el 100% de las prestaciones para trans, trasvestis y no binarios

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Actualizado: 01:53 16/06 | downtack.com

El Ministerio de Salud de Chubut y Seros firmaron este miércoles un acuerdo para cubrir al 100% las prestaciones para la población trans, travesti y no binaria, el cual incluye también el acceso a tratamiento de hormonización y prácticas quirúrgicas de acuerdo a la identidad de género autopercibida.

Al respecto, el director de la Obra Social Provincial, Adrián Pizzi, explicó que «si bien Seros reconocía a partir de la Ley de Identidad de Género estas prestaciones, ahora lo vamos a hacer en un programa creado en la obra social para tal fin».

«En el mismo se contempla el 100% de cobertura, ya sea en atenciones médicas, bioquímicas, fonoaudiólogo, imágenes y prácticas quirúrgicas para la población de personas trans, travestis y no binarios», destacó el ex ministro de salud.

«Esto es muy importante para el sistema de salud de la provincia que el Ministerio de Salud y Seros hablen un mismo idioma sanitario. Esta iniciativa es fruto de ello», celebró.

«Las personas que ingresen a este programa van a tener un acompañamiento del Servicio Social de Seros durante todo el proceso que requiera su atención. Se realizó un trabajo de capacitación interna de todo nuestro recurso, el cual de alguna manera va produciendo transformaciones que adecuan a la obra social a los tiempos que corren y a los derechos que vamos ganando como sociedad», aseguró.

«Estamos trabajando también en generar un cambio profundo en nuestra resolución y en nuestras prestaciones de salud mental, que es algo muy importante. Además trabajamos con el Ministerio de Salud en las cuestiones de fertilidad y anticoncepción. Todo esto acompaña un proceso donde la obra social se adecua a las normativas sanitarias», expresó.

Para finalizar, Pizzi reconoció que «este programa por un lado nos pone orgulloso», pero «esto tendría que estar garantizado desde mucho antes».

PROGRAMA

Según se informó oficialmente, podrán acceder al programa las personas mayores de 18 años y en el caso de menores de esa edad será necesaria la intervención de un equipo de salud que aborde la situación desde una perspectiva integral, garantizando que acceda al mismo con su consentimiento autónomo e informado y el consentimiento de al menos una persona adulta referente (progenitores, representantes legales o tutores).

La puesta en marcha responde a los lineamientos nacionales establecidos en el artículo 1° de la Ley Nº 26.743 que establece que «todas las personas mayores de 18 años podrán, a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y a tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género auto percibida, sin necesidad de autorización judicial o administrativa».

El programa está explicitado en cinco anexos que forman parte de la resolución. En el primero de ellos se abordan las prácticas ambulatorias y la medicación, con cobertura al 100 por ciento.

Comprenden consultas médicas y especializadas (6 por año), 20 sesiones de psiquiatría y psicología, nutrición y fonoaudiología.

La cobertura de medicamentos contempla los tratamientos de hormonización al 100 por ciento, con prescripción médica que podrá ser extendida bajo períodos de tiempo mayores a un mes y menores a 7 meses.

Podrán acceder a las terapias de hormonización las personas mayores de 18 años, y en el caso de menores de esa edad deberá actuar un equipo de salud que «aborde la situación desde una perspectiva integral, para permitir que acceda a la misma con su consentimiento autónomo e informado y el consentimiento de al menos una persona adulta referente (progenitores, representantes legales o tutores). Los tratamientos contemplan hormonización con estrógenos y antgiandrógenos y testosterona».

Un anexo particular del Programa se refiere a las prácticas quirúrgicas de transformación parcial o total según la identidad autopercibida, y los requisitos para acceder a ellas son similares a los correspondientes a los tratamientos de hormonización.

Dichas prácticas incluyen las cirugías mamarias, que deberán ser realizadas con profesionales o instituciones prestadoras de Seros; cirugías de modificación genital; escrotoplastía; y cirugía de cabeza y cuello consistentes e tiroplastía remodelativa.

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