La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció un aumento en las percepciones para la compra de dólares destinados al ahorro personal y para los gastos realizados con tarjetas en el exterior. Esta medida se estableció mediante la Resolución General 5430/2023, publicada en el Boletín Oficial.
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A partir de esta decisión, tanto para la adquisición de divisas con fines de atesoramiento (con un límite mensual de US$ 200) utilizando el denominado dólar «ahorro» o «solidario», como para los gastos en bienes y servicios efectuados con tarjetas de débito y crédito en el exterior (conocidos como «dólar tarjeta» y «dólar Qatar»), los contribuyentes deberán abonar:
- Impuesto PAÍS: Equivalente al 30% sobre el valor del cambio oficial.
- Percepción de Impuesto a las Ganancias: 45%.
- Percepción a cuenta de Bienes Personales: 25%.
Esta modificación entrará en vigor para todas las operaciones realizadas a partir de este martes.
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La decisión del gobierno tiene como objetivo principal mantener el impulso redistributivo de la política fiscal. En este sentido, se tomó la determinación de unificar los tres tipos de cambio existentes.
A partir de esta medida, al tipo de cambio oficial de $ 365,50, se le sumarán los siguientes montos:
- Impuesto PAÍS: $109,65.
- Percepción de Impuesto a las Ganancias: $164,48.
- Percepción a cuenta de Bienes Personales: $91,38.
Esto resultará en un tipo de cambio de $ 731, representando un recargo del 100% sobre el valor oficial.
Hasta el día anterior a esta resolución, los tipos de cambio para el ahorro personal («dólar ahorro») y para los gastos en el extranjero de hasta US$ 299 («dólar tarjeta») se cotizaban a $ 639,63. Esto se debía a la adición del 30% de Impuesto PAÍS y del 45% de percepción de Ganancias, sin incluir el pago de Bienes Personales.
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Por otro lado, para los gastos en el exterior que superaban los US$ 300 («dólar Qatar»), se sumaba al tipo de cambio oficial un 30% de Impuesto PAÍS, 45% de Ganancias y 5% de Bienes Personales, resultando en un valor de $657,90.
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