La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso reabrir la investigación contra dos médicos acusados por la muerte de un niño internado en 2002 con graves quemaduras, al revocar la absolución que los había beneficiado. La medida reactiva un expediente que permanecía cerrado desde hacía años y vuelve a poner en debate la actuación profesional en casos de alta complejidad pediátrica.
El caso involucra a los médicos Karina Claudia Melillo y Oscar Enrique D’Onofrio, quienes habían sido imputados por abandono de persona seguido de muerte a raíz de la atención brindada a Héctor Valentín Estilo Izaguirre, de acuerdo con los documentos judiciales a los que accedió la Agencia Noticias Argentinas.
El menor había sido internado entre el 15 y el 18 de agosto de 2002 en la clínica “15 de diciembre”, donde murió tras sufrir un severo edema agudo de pulmón. La investigación puso el foco en el tratamiento aplicado durante los días de internación y en las condiciones del establecimiento.
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La acusación indicó que el niño no habría recibido una sala de aislamiento adecuada y que los antibióticos recién se habrían administrado el 18 de agosto, además de que no se habrían extremado los cuidados a pesar de síntomas persistentes como fiebre, vómitos y diarrea. Según el expediente, la autopsia determinó que la muerte se debió a complicaciones de las quemaduras y «no se descartó un proceso infeccioso intrahospitalario».
El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 16 había absuelto a los dos profesionales, pero la fiscalía apeló al considerar que “hubo una valoración parcial de la prueba y no se respetó el interés superior del niño”. Sin embargo, la Cámara de Casación declaró inadmisible el recurso, cerrando momentáneamente la vía judicial.
Ante esto, el Ministerio Público Fiscal presentó una queja ante la Corte Suprema. En su resolución, el máximo tribunal advirtió irregularidades en la lectura de los informes periciales y en el análisis de testimonios que describían presuntas deficiencias en la atención. Los magistrados señalaron que “no se evaluó de manera integral el cuadro probatorio ni se contrastaron debidamente los elementos médicos y testimoniales”.
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Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Rocío Alcalá y Pablo Candisano Mera hicieron lugar a la queja, declararon procedente el recurso y ordenaron a los tribunales inferiores emitir un nuevo pronunciamiento. En su voto, remarcaron la necesidad de un análisis completo que contemple todas las pruebas disponibles.
En disidencia, el juez Carlos Rosenkrantz sostuvo una postura distinta, aunque su opinión no logró imponerse dentro del tribunal. Con esta decisión, el proceso judicial vuelve a ponerse en marcha más de dos décadas después del fallecimiento del niño.
La causa deberá ahora retornar a la instancia anterior, donde se revisará nuevamente la conducta de los profesionales imputados y el tratamiento que recibió el menor durante su internación. El fallo marca un precedente en relación con la revisión de absoluciones en casos de responsabilidad médica.
Fuente: Noticias Argentinas
Foto: Archivo


