En un paso crucial hacia el fomento y desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial en Argentina, el Poder Ejecutivo ha promulgado la Ley N.º 27.669 a través del decreto 405/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial. Esta nueva legislación, compuesta por 14 páginas detalladas, establece un sólido «Marco Regulatorio para fomentar el desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo Industrial».
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El decreto tiene como objetivo fundamental proporcionar los parámetros precisos para la implementación efectiva de la Ley y su reglamentación, abordando exhaustivamente cada uno de los artículos contemplados en la misma.
Una de las disposiciones más destacadas del decreto es la creación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cannabis y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), la cual operará como la Autoridad de Aplicación de la Ley y su Reglamentación. La ARICCAME, un organismo descentralizado del Ministerio de Economía, asume la responsabilidad de otorgar permisos, licencias y autorizaciones para todas las etapas de la producción, procesamiento, distribución, exportación e importación de cannabis medicinal y cáñamo industrial. Además, se le confiere la tarea de regular el mercado de estos productos, garantizando su calidad y seguridad.
Una característica clave del decreto es la capacidad de la ARICCAME para emitir normas aclaratorias o complementarias para asegurar la aplicación efectiva de la Reglamentación. Esto implica que la Agencia puede emitir resoluciones, circulares e instrucciones adicionales para brindar una mayor claridad sobre cómo se llevará a cabo la aplicación de la Ley y su Reglamentación.
El Jefe de Gabinete de Ministros también está autorizado por el decreto a realizar las reasignaciones presupuestarias necesarias para financiar las actividades de ARICCAME, asegurando así que el cumplimiento de esta nueva normativa cuente con los recursos adecuados.
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Este proceso será llevado a cabo en colaboración con diversos organismos estatales, incluyendo la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa); los Institutos Nacionales de Semillas (INASE), Tecnología Agropecuaria (INTA) y Tecnología Industrial (INTI); la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP). Juntos, trabajarán en la implementación exitosa y segura de esta nueva etapa en la industria del cannabis y el cáñamo en Argentina.
Fuente: Ámbito.